Real Decreto de impulso a la tecnología DAB+ en radiodifusión digital

· Legal y normativa

  1. El servicio de radiodifusión sonora digital terrestre de ámbito estatal se prestará exclusivamente con tecnología DAB+.
  2. Cada red con tecnología DAB+ tiene capacidad para integrar un máximo de 12 canales, frente a los 6 de DAB.
  3. La Corporación RTVE debe alcanzar cobertura del 50% de la población a los 6 meses y del 80% a los 30 meses.
  4. Los receptores comercializados en España deben informar claramente sobre sus capacidades DAB/DAB+ y el sistema de alerta ASA.
  5. El real decreto entrará en vigor a los tres meses desde su publicación en el BOE.

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