Obligatoriedad de comunicaciones electrónicas en ayudas de Artes Escénicas y Música

· Legal y normativa

  1. La orden establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en todos los trámites de concesión de subvenciones de la Dirección General de Artes Escénicas y Música.
  2. Afecta a ayudas a la música y lírica, danza, giras de teatro y circo, exhibición teatral y circense, y subvenciones nominativas.
  3. Las solicitudes deben presentarse exclusivamente en el registro electrónico del Ministerio de Cultura usando formularios oficiales.
  4. Si un interesado presenta una solicitud presencialmente, se le requerirá subsanarla electrónicamente en 10 días, so pena de desistimiento.
  5. La orden entra en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE y deroga la Orden ECD/197/2014.

ley · procedimiento administrativo · arte · subvenciones · comunicacion electronica

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