Caducidad de procedimiento de herencia abintestato

· Legal y normativa

  1. Se declara la caducidad del procedimiento incoado el 30 de abril de 2025 para declarar heredera abintestato a la Administración General del Estado de María Auxiliadora Roselló Columé.
  2. La caducidad se produce por haber transcurrido el plazo de un año desde el acuerdo de inicio, según el artículo 20 bis.6 de la Ley 33/2003.
  3. Se puede volver a incoar un nuevo procedimiento, incorporando los actos y documentos cuyo contenido se hubiera mantenido igual.
  4. La resolución se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en los mismos medios que el acuerdo de incoación.
  5. Se comunicará personalmente a los interesados en el expediente.

administracion publica · boe · herencia · derecho administrativo

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