Tratamiento fiscal y de Seguridad Social de las propinas

· Legal y normativa

  1. Las propinas están sujetas al IRPF al considerarse rendimientos del trabajo.
  2. Si la empresa las reparte, debe aplicar la retención correspondiente.
  3. La propina voluntaria no forma parte de la base imponible del IVA.
  4. Para la Seguridad Social, si el cliente la entrega directamente al trabajador sin intervención de la empresa, puede no considerarse salario.
  5. No todo bote gestionado por la empresa es automáticamente salario; depende de cómo esté configurado.

trabajo · seguridad social · impuestos · hosteleria · fiscalidad

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